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¡Mis Memorias Inconexas, Versión 2026! ¡Constitución, Elecciones ... Será!

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elimpulso @elimpulso (abril 13, 2026): Cecilia Sosa : Los venezolanos necesitamos un presidente electo, no un interinato vencido . La institucionalidad de Venezuela atraviesa sus horas más críticas según la doctora Cecilia Sosa . Para la jurista e investigadora judicial, el país no puede seguir navegando entre dos opciones políticas que confunden a la ciudadanía: la legitimidad del 28 de julio o el cumplimiento estricto de los plazos constitucionales tras los eventos del 3 de enero. Sosa, en una entrevista para El Impulso , fue tajante al señalar que la figura que actualmente ocupa la presidencia de forma encargada carece de representación popular. "Ella está impedida; no nos representa. Solo tiene la función de ejercer la continuidad a d ministrativa, no la de jefa de Estado", afirmó, haciendo referencia a la sentencia de la Sala Constitucional del TSJ. Para la experta, el hecho de que Nicolás Maduro ya no esté en el poder obliga a la Asamblea Nacional a reconocer la falta...

¡Mis Memorias Inconexas, Versión 2026!

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Mar ía Corina Machado @MariaCorinaYA (marzo 21, 2026): L os policías metropolitanos Erasmo Bolívar, Luis Molina y Héctor Rovaín tienen casi 23 AÑOS secuestrados en prisión. En abril de 2003 fueron apresados y acusados injustamente de cometer delitos innombrables, que los convirtieron en los primeros y más prolon gados presos políticos del régimen que aún enfrentamos. Primero, fueron presos políticos de Hugo Chávez, quien ya les negó la amnistía en 2007; luego de Nicolás Maduro y ahora, en 2026, los jueces de Delcy Rodríguez rechazaron una vez más a dos de ellos la solicitud de amnistía. A ún así, estos tres venezolanos recluidos en la Comunidad Penitenciaria Fénix, en Lara, ya cumplieron el tiempo reglamentario en prisión para recibir fórmulas alternativas de cumplimiento de pena. Ellos nunca debieron estar presos y deben ser liberados, seg ún lo estipulado en el Código Orgánico Procesal Penal, en sus artículos del 482 al 500. P or eso hoy, frente a la aplicación selectiva y arbitrari...

¡Mis Memorias Inconexas, Versión 2026! ¡Constitución, Elecciones ... Será!

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  marcosrafaelrojasgarcia   Marcos Rafael Rojas Garc ía (abril 08, 2026): I niciamos la semana con un silencio total. El Bloque de la Constitucionalidad integrado por académicos, ilustres profesores y los colegios de abogados del País indican que la Constitución tiene la respuesta. Ciertamente los artículos 233 y 234 ejusdem, indi c an cuando se produce una falta temporal del Presidente de la República y quién debe suplirlo y hasta cuánto tiempo. Y además nos indica cuándo se produce la falta absoluta, para proceder a convocar unas elecciones dentro de los 30 días siguientes a la decl a ratoria de dicha falta absoluta. Apreciados lectores,  esas normas están establecidas para un País que viva su democracia en la más absoluta normalidad y respeto a la Carta magna y leyes de la República tanto por sus habitantes y en especial, por sus insti t uciones.  Pero, hace tiempo que la institucionalidad  y el estado de derecho dejarán de existir en Venezuela. Y los integr...